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  • Condiciones

    Condiciones

  • Condiciones

    Condiciones

  • Ámbito de aplicación, contenido del contrato, derecho aplicable

    • Únicamente son válidas las siguientes Condiciones Comerciales Generales de Autocaravas Tuccitanas (en adelante, el“arrendador”). No se admitirán aquellas condiciones del arrendatario que difieran o sean  contrarias a las Condiciones Comerciales Generales del Arrendador. Éstas últimas también serán válidas  cuando el arrendador alquile sin reservas la autocaravana al arrendatario, aun conociendo las  condiciones divergentes del arrendatario.
    • El objeto del contrato formalizado con el arrendatario, es únicamente la entrega en régimen de  alquiler de la autocaravana. El arrendatario no adeudará las prestaciones del viaje ni, sobre todo, la  totalidad de éstas últimas.
    • En caso de reserva, entre el arrendatario y el/los arrendador/es , se hará firme mediante el pago  por el valor del 30% del alquiler. El arrendatario organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo  su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada. Queda excluida  la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso  continuado.
    • Todos los acuerdos entre el arrendador y el arrendatario se realizarán por escrito.

     

    Edad mínima, conductores autorizados

    • El arrendatario y cada uno de los conductores deberán tener como mínimo 25 años. Y estar en  posesión de un permiso de conducción clase B con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional  correspondiente. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir  internacional.
    • Si en el momento de la entrega de la autocaravana alquilada no se dispone del permiso de conducir  que se corresponda con el vehículo alquilado, se considerará que no se ha recogido la autocaravana; en  este caso se aplicarán las condiciones de anulación pertinentes (véase apdo.4.2).
    • Tan solo podrán conducir el vehículo el arrendatario y los conductores adicionales que se hayan  registrado en la estación de alquiler. 

     

    Precios de alquiler y cálculo, duración del alquiler

    • Los precios de alquiler, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de  formalizar el contrato. El período mínimo establecido de alquiler durante determinadas épocas del año,  también se deriva de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de firmar el contrato. En  función de los días de alquiler reservados, serán válidos los precios que aparezcan en la lista para la temporada correspondiente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios  prestados, cuya cuantía también se puede consultar en la lista de precios del arrendador vigente en el  momento de formalizar el contrato.
    • Los precios de alquiler de los accesorios opcionales, se derivan de la lista de precios del arrendador  en vigor en el momento de formalizar el contrato.
    • El alquiler mínimo es de tres días (excepto Semana Santa, Julio y Agosto que serán 7 días como  mínimo.)
    • Los correspondientes precios de alquiler incluyen: IVA, kilometraje ilimitado para alquileres de tres días en adelante, seguro a todo riesgo según la correspondiente cobertura del seguro (véase más abajo apdo.  11), Responsabilidad del arrendatario, seguro a todo riesgo
    • El período de alquiler empieza con la recogida de la autocaravana por parte del arrendatario en el  centro de alquiler y finaliza con la recogida del vehículo por parte de los empleados del centro de  alquiler.
    • Si se devuelve la autocaravana una vez transcurrido el tiempo acordado por escrito, el arrendador  computará 29,00 € IVA incluido, por hora de retraso (no obstante, como máximo por cada día de retraso  el precio será el correspondiente a toda una jornada). El arrendatario asumirá los gastos derivados del  hecho que otro arrendatario u otra persona haga valer sus derechos frente al arrendador, debido a un  retraso en la entrega del vehículo, imputable al arrendatario.
    • En caso de devolver el vehículo antes de que transcurra el período de alquiler contratado, se deberá  igualmente pagar el precio íntegro de alquiler acordado contractualmente.
    • La autocaravana se entrega con el depósito de combustible lleno y así debe devolverse. En caso  contrario, el arrendador cobrará 2,40 € IVA incluido por litro de combustible diesel. El arrendatario  correrá con los gastos de carburante y funcionamiento durante el período de alquiler.
    • Para devolver el vehículo en un centro distinto al de recogida, se requerirá un acuerdo especial con  el arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio que se pactará antes de la recogida del autocaravana. 

    Reserva

    • Una vez que el arrendatario quiera hacer su reserva en firme, se deberá pagar un depósito del 30 %  del importe total del alquiler en el plazo indicado por el arrendador en un periodo máximo 24h. A partir  de este momento la reserva será vinculante para ambas partes. En caso de que el arrendatario no  cumpla este plazo, la reserva dejará de ser vinculante para el arrendador. En caso de que el cliente  rescinda la reserva vinculante, éste último deberá pagar las siguientes tasas de anulación calculadas a  partir de la primera reserva confirmada: 
    • La anulación de la reserva por parte del arrendatario faculta a AUTOCARAVANAS TUCCITANAS a quedarse como daños y perjuicios, la totalidad del importe satisfecho en concepto de señal, si la anulación se efectúa con menos de 15 días de antelación del alquiler.
    • Si se comunica entre los 16 y 30 días antes del inicio del alquiler se quedará el arrendador con un 80% del importe de la reserva.
    • Si se comunica la anulación con más de 30 días del inicio del alquiler, se quedará el arrendador con un 50% del importe de la reserva.

     

  • Condiciones

    • El precio total del alquiler, debe abonarse en el momento de la recogida del vehículo.
    • En el momento de la recogida del vehículo, el arrendatario deberá abonar la cantidad de 600 €,  mediante tarjeta de crédito, en concepto de fianza y como garantía del fiel cumplimiento de las  obligaciones de este contrato.
    • La fianza será devuelta después de ser examinado el vehículo por un responsable de la empresa  arrendadora, el cual en caso de desperfectos por mal uso determinará el importe que el cliente deberá  abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de los  desperfectos, hasta el importe de dicha fianza por valor de 600€ IVA incluido. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 15 días laborables para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede.En caso de que el valor de la reparación  supere los 700€ de la fianza, el arrendatario pierde el derecho de la devolución de la misma.En caso de  un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo.  La valoración de los daños del vehículo se examinarán únicamente en el taller del arrendador.
    • El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:

    Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad, sin  la autorización del arrendador. 

    El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier  infracción de tráfico o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el  arrendatario o arrendador, derivados del tiempo de vigencia de este contrato de alquiler, a no  ser que se hayan originado por culpa del arrendador 

    En el supuesto de que por culpa del arrendatario fuese el vehículo retenido o embargado,  todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante  el tiempo que dure la inmovilización del vehículo. 

    Gastos incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores) en la  reclamación de las cantidades adeudadas por el arrendatario en virtud del presente contrato.

    El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos  personales del arrendatario y acompañantes). En caso de accidente o robo, el arrendatario se  hará cargo del importe de 600 € por siniestro.

    • Si el arrendatario se retrasa en los pagos, se aplicarán intereses por demora de conformidad con las  disposiciones legales vigentes. 

    Entrega y devolución del vehículo

    • Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el personal  técnico del arrendador en el punto de entrega. Asimismo se elaborará un acta de entrega (Check Out)  en el que se describirá el estado del vehículo y que deberán firmar ambas partes. El arrendador se podrá  negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción del vehículo. También se  tomarán fotografías del exterior del vehículo en ese mismo momento.
    • Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final de la autocaravana  junto con los empleados del punto de alquiler. Se elaborará un acta de devolución (Check In), que  deberán firmar el arrendador y el arrendatario. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega,  pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo, correrán a cargo del arrendatario.
    • Por norma general las entregas de los vehículos se efectuarán de lunes a viernes, de 9 a 12 horas.  Entregar los sábados tendrá un recargo de 66€ IVA incluido y será de 10 a 14h.Las devoluciones de lunes  a viernes de 16 a 19 . Por lo contrario, las devoluciones de los sábados tendrán un recargo  de 66€ IVA incluido y será de 10 a 13h. Los sábados sólo se podrán realizar entregas y devoluciones si se ha  alcanzado un acuerdo previo y a cambio de una remuneración adicional según tarifa en vigor. El día de la entrega y la devolución sumarán juntos un día, siempre que en total no se superen  las 24 horas o sólo si las superan por causas imputables al arrendador. En caso de un alquiler de 3 días o más durante un fin de semana (Viernes, Sábado y Domingo) o un puente en el que el día de devolución sea festivo, se puede acordar previamente la devolución al siguiente día laborable (sin coste) siempre hasta las 10h máximo.
    • >Los retrasos en la devolución, no autorizados, serán penalizados con una tarifa diaria del triple a la  cantidad aplicada en contrato. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en  el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador para que este la acepte; en caso  contrario se considerará retraso no autorizado.
    • Si el arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al arrendador con un mínimo  de tres días de antelación a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga estará  sujeta a las disponibilidades que en este momento tenga el arrendador, no asumiendo por tanto esté  último ningún compromiso previo alguno.
    • Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el arrendador.  El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo  judicialmente. El arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo, en cualquier  momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el  mismo.
    • En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente  en la inspección del mismo por causas imputables a él, entrega por buzón o no-disponibilidad, y se  aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la  inspección realizada por el personal del arrendador.
    • El vehículo se devolverá limpio interiormente y con los depósitos de aguas residuales y del WC  vacíos. En caso contrario se cobrará un suplemento, de acuerdo con las tarifas establecidas para ello, en  concepto de limpieza.
    • El hecho de llenar el depósito de agua potable con diesel u otro combustible, o el depósito de diesel  con agua u otro combustible, implicará una penalización de 3500€ 

  • Usos Prohibidos

    El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la  documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete  a conservarlo en buen estado. Se compromete a respetar siempre las obligaciones y limitaciones del  vigente Código de Circulación y se obliga a: 

    • No permitir que lo conduzcan otras personas más que el mismo o las que expresamente estén  autorizadas. 
    • No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo. 
    • No realquilar o transportar personas con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté  incluido en el contrato 
    • No transportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables.
    • Están prohibidas las mascotas, son autocaravanas de alquiler y debemos tener en cuenta que hay personas alérgicas a los animales.
    • No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes 
    • No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar  de los hechos. 
    • No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas,  fatiga o enfermedad 
    • No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el  vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo 
    • No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques 
    • No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al  arrendador cualquier avería del mismo. 
    • El arrendatario sólo está autorizado a circular con el vehículo arrendado en los siguientes países: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Chipre, Croacia, Dinamarca,  República Eslovaca, Eslovenia,España, Estonia, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia,  Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania,Luxemburgo, Noruega,  Polonia, Portugal, Rumania, Suecia y Suiza.
    • Para viajar a Marruecos es imprescindible la autorización expresa de la Estación de alquiler. 
    • Queda expresamente prohibido viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos  bélicos. 
    • Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo  del deterioro de las heladas,pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de  producirle daños de importancia. 
    • Queda expresamente prohibido al arrendatario variar cualquier característica técnica del  vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así  como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa  autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción de este artículo, el  arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado  original, debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo  hasta su total reparación. 

    El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberán tener  en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá  controlar el estado del vehículo, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los  neumáticos. El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si la autocaravana de alquiler  está en perfecta condiciones para circular con seguridad. 

    Está prohibido fumar en todos los vehículos. Los gastos de limpieza y desinfección, derivados de 

    Cualquier incumplimiento, correrán a cargo del arrendatario. Asimismo, éste último deberá asumir los  gastos derivados de la ventilación o la eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas  por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo. 

    En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apdos., el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler.

    Comportamiento a seguir en caso de accidente

    En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por animales de caza, el arrendatario deberá  informar inmediatamente a la policía y al arrendador llamando al número de teléfono del centro de  alquiler (el teléfono consta en el contrato de alquiler), a más tardar el día laboral siguiente al día del  accidente. No se admitirán las pretensiones contrarias. 

    Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de  Accidentes”. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que  junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al arrendador. Notificar inmediatamente a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento  de devolver el vehículo al arrendador. El documento deberá incluir el nombre y la dirección de las  personas implicadas, sus datos del carné de conducirlos, los datos del contrario con el nombre de la  Compañía Aseguradora y el número de póliza, los datos de los eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados. 

    En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente,  comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un  plazo máximo de 24 horas; quedando sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratadas 8.4. Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá  redactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un boceto. Si el arrendatario no  elabora el informe - no importa cual sea la razón - e impide de este modo que la compañía de seguros  pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad. 8.5. No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo.  Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la  Aseguradora 

    En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el  arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este,  incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del  vehículo.

    Defectos de la autocaravana

    Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos  no imputables al arrendador. 

    Al devolver el vehículo, el arrendatario deberá indicar por escrito al arrendador los defectos que  haya detectado en la autocaravana o su equipamiento una vez iniciado el período de alquiler. Quedan excluidos los derechos a  indemnización por daños y perjuicios en caso de defectos indicados con posterioridad, a no ser que dicha pretensión esté motivada por un daño no  evidente. 

    Queda excluido cualquier tipo de indemnización al arrendatario, si finalmente el vehículo que  alquila, no lleva algunos extras descritos tales como (toldo, tv y antena, portabicicletas, placa solar,  cierres de seguridad, alarma, convertidor de corriente..etc). Puesto que estos extras son añadidos al  vehículo de manera gratuita por parte de arrendador, para una mayor comodidad en el viaje del  arrendatario.

    Reparaciones, vehículo de recambio

    El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del  recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizarán las operaciones de mantenimiento  necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor.

    Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en  el funcionamiento del vehículo,debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia  concertada por el arrendador y solo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de  la marca del chasis-motor, salvo autorización expresa del arrendador. 

    El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la  seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el período de alquiler y que no  superen los 100 €. Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador. Éste  último asumirá los gastos de la reparación si se le hace entrega de los justificantes originales y de las piezas cambiadas, siempre que el arrendatario no responda del daño según el apdo. 

     

    Los daños que afecten a los neumáticos, tales como pinchazo o reventón, serán a cargo del arrendatario.

    En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al  arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora y  antes de que transcurran seis horas ,al arrendador, el desperfecto en cuestión y conceder un plazo  razonable para su reparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de  cada país (p. ej. infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación. 

    En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo  inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación. 10.6. En caso de que sin culpa alguna por parte del arrendatario, la autocaravana sufra graves  daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se  deba retirar de la circulación, el arrendador, si tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario en un plazo razonable, un vehículo de repuesto equivalente en el  número de plazas o superior, quedaría excluida una rescisión del contrato. 10.7. En caso de que siendo culpable el arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se  prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba  retirar de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de recambio. En  este caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del arrendatario. Si el arrendador tuviera  disponibilidad para poner a disposición del arrendatario un vehículo de recambio, podrá cobrarle al  arrendatario los eventuales gastos derivados de ello. 

     

    Responsabilidad del arrendatario, seguro a todo riesgo

    Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador  eximirá al arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de  700,00 €, que deberá asumir el arrendatario.  

    El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades, civiles,  administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o  comportamiento doloso.  

    La eximente de la responsabilidad indicada en el apdo 11.1, no tendrá efecto si el  arrendatario omite alguna de las normas indicadas en todos los puntos del apartado 8  

    La exención de responsabilidad de la apdo. 11.1 no procederá en caso de que el  arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente.  

    Asimismo, el arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso en los  siguientes casos:  

    • Si el arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente, del el país  donde esté circulando.  
    • Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el  alcohol  
    • Si el arrendatario o el conductor, a quien el arrendatario le ha dejado el vehículo, huye  en caso de accidente 
    • Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apdo. 8, no avisa a la  policía en caso de accidente, excepto en el caso de que esta infracción no haya  influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de éste último.  
    • Si el arrendatario infringe otras obligaciones del apdo. 8, excepto en el caso de que  esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el  alcance de éste último 
    • Si los daños se deben a un uso prohibido en el apdo. 7.1.  
    • Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en el apdo. 7.2.  Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya  dejado el vehículo  
    • Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo  (altura, , ancho, largo)  
    • Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga  adicional. 

    El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas  con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador, excepto si se debe a causas  imputables a éste último.  

    En caso de haber más arrendatarios, éstos responderán en calidad de deudores  solidarios. 

    Responsabilidad del arrendador, prescripción

    El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las  verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será  responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es  responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o  indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.  

    Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera  entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización,  salvo la devolución por parte del arrendador al arrendatario de la cantidad pagada en  concepto de reserva.  

    El arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el arrendatario, sobre el automóvil  del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias  del arrendador durante el período de alquiler de la autocaravana.  

    El arrendador responderá de forma ilimitada en caso de dolo y negligencia grave. Si se  trata de una negligencia leve, el arrendador sólo responderá de forma limitada a los daños  previsibles establecidos en el contrato, en la medida que se infrinja una obligación cuyo  cumplimiento sea de especial importancia para alcanzar el objeto del contrato (obligación  cardenal). Esta medida de responsabilidad también será válida en los casos en que surjan  obstáculos para la prestación de servicios al formalizar el contrato.  

    Serán válidas las Condiciones Comerciales Generales expuestas en el centro de alquiler  en el momento de iniciarse el período de alquiler.  

    Jurisdicción  

    En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler de la autocaravana, se  acuerda que la jurisdicción sea la del centro de alquiler correspondiente.

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